Laboral
Inscripción de la empresa en Seguridad Social, CCC y primeras contrataciones
Respuesta directa
En 30 segundos
- La inscripción como empresario se realiza antes de iniciar la contratación.
- El CCC identifica la cuenta de cotización; puede haber varios por provincia, actividad o colectivo.
- La empresa elige una mutua colaboradora para contingencias en los términos aplicables.
- Contrato, alta, convenio, PRL, registro horario y protección de datos deben estar coordinados.
- El Sistema RED y SILTRA canalizan comunicaciones y liquidaciones, normalmente mediante autorizado.
Constituir una SL no la inscribe automáticamente como empleadora en todos los casos. La Tesorería General de la Seguridad Social asigna un número de inscripción y uno o varios CCC para gestionar cotizaciones. El alta del trabajador debe estar comunicada antes de comenzar a trabajar, no cuando se cierre la primera nómina.
1. Empresa, número de inscripción y CCC
La inscripción identifica al empresario frente a la Seguridad Social. El CCC ordena las cotizaciones de trabajadores. En una empresa sencilla pueden coincidir en la práctica con un CCC principal, pero pueden abrirse cuentas secundarias cuando existen centros en distintas provincias, actividades con cotización diferenciada o colectivos específicos.
| Elemento | Función | Cuándo |
|---|---|---|
| Inscripción de empresario | Alta de la SL como empleadora | Antes de contratar |
| CCC principal/secundario | Liquidar cotizaciones | Antes del alta del colectivo |
| Mutua | Cobertura de contingencias y cese según caso | En inscripción/elección |
| Autorizado RED | Trámites telemáticos | Antes de gestionar altas y seguros |
| Convenio colectivo | Condiciones mínimas laborales | Antes de contratar y hacer nómina |
2. Documentación previa
NIF definitivo o provisional admitido, escritura/registro, identificación del representante, actividad, domicilio, centros, CNAE, convenio, mutua y cuenta bancaria. La TGSS puede pedir acreditación de representación y título del centro. Si la empresa ya tuvo trabajadores o cambia provincia, debe revisarse si existe CCC activo.
El CNAE influye en cotización por accidentes de trabajo, pero no elige por sí solo el convenio. Para el convenio cuentan actividad principal, organización, ámbito funcional y jurisprudencia.
3. Secuencia de la primera contratación
- 1Puesto y coste total
- 2Convenio + grupo + salario + jornada
- 3Inscripción empresa + CCC + mutua
- 4PRL + contrato + datos del trabajador
- 5Alta en TGSS antes del inicio
- 6Comunicación del contrato al SEPE
- 7Nómina + cotización + registro horario
- Definir puesto, funciones, centro, jornada y duración.
- Identificar convenio, grupo profesional y tablas.
- Calcular coste empresa, vacaciones y sustituciones.
- Obtener inscripción, CCC y mutua.
- Contratar modalidad preventiva y evaluar puesto.
- Recopilar DNI/NIE, Seguridad Social, banco y retenciones.
- Firmar contrato y anexos antes de la incorporación.
- Comunicar alta a TGSS antes del inicio.
- Comunicar contrato al SEPE en plazo.
- Configurar nómina, horario, vacaciones y canal laboral.
4. Coste real de contratar
El coste no es el salario neto. Incluye salario bruto, cotización empresarial, pagas, vacaciones, complementos, prevención, software, formación, seguros, indemnización potencial y tiempo de gestión. El convenio puede fijar pluses, jornada anual y revisiones.
Presupuesta el coste anual y divide por horas productivas, no por doce nóminas. En contratos a tiempo parcial debe registrarse jornada con especial precisión. Las horas extraordinarias y complementarias tienen reglas distintas.
5. Alta y afiliación del trabajador
Si la persona no tiene número de Seguridad Social, debe solicitarse. El alta se comunica con fecha, contrato, grupo, ocupación y CCC correctos. Una alta fuera de plazo puede generar acta, pérdida de bonificaciones y responsabilidad por prestaciones.
No se puede "probar una mañana" sin alta. El periodo de prueba existe dentro de un contrato y cotización. Tampoco el alta como autónomo del trabajador convierte en mercantil una relación con dependencia y ajenidad.
6. Nómina, cotización y Sistema RED
Cada mes se calculan devengos, deducciones, IRPF, Seguridad Social y líquido. La liquidación de cuotas se gestiona por el Sistema de Liquidación Directa, con ficheros y respuestas de SILTRA. Deben cuadrarse bases, tramos, bajas, variables y bonificaciones.
La asesoría necesita incidencias antes del cierre: bajas médicas, horas, comisiones, ausencias, anticipos y embargos. Un dato recibido el último día puede no entrar en la liquidación correcta.
7. Bonificaciones: verificar antes
Las bonificaciones dependen de persona, contrato, colectivo, mantenimiento de empleo, estar al corriente y ausencia de exclusiones. No deben prometerse hasta validar certificados y requisitos. La empresa debe conservar documentación y controlar compromisos durante todo el periodo.
Contratar solo por una bonificación es mala selección. El ahorro temporal no compensa un puesto mal definido o una extinción costosa.
8. Obligaciones desde el primer día
- Evaluación de riesgos y planificación preventiva.
- Información, formación y equipos.
- Vigilancia de la salud en los supuestos aplicables.
- Registro diario de jornada.
- Calendario laboral y control de vacaciones.
- Protocolo de acoso y canal interno según obligaciones.
- Protección de datos de empleados.
- Igualdad y registro retributivo; plan de igualdad cuando corresponda.
- Comunicación de accidentes y gestión de bajas.
- Entrega de nómina y certificados.
9. Errores frecuentes
- Dar de alta al trabajador después de empezar.
- Usar CCC de otra provincia o actividad.
- Elegir convenio por el CNAE sin análisis.
- Pagar por debajo de salario anual de convenio.
- Llamar autónomo a quien trabaja como empleado.
- No entregar formación PRL antes del riesgo.
- No registrar jornada por usar teletrabajo.
- Aplicar bonificación sin cumplir mantenimiento.
- No comunicar variables a la asesoría.
Expediente de cada incorporación
Conserva contrato, alta previa, documento de identidad, número de Seguridad Social, comunicación al SEPE, información y formación preventiva, entrega de equipos, registro de jornada y cláusulas de protección de datos. Añade convenio, grupo, salario y calendario aplicados. Un expediente ordenado facilita nómina, inspección, bajas y extinción; un chat disperso no es un archivo laboral.
Antes del primer cierre, confirma que contrato, alta, jornada y nómina muestran las mismas fechas y condiciones. Esa comprobación evita diferencias que después parecen cuatro errores distintos.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo necesita una SL un CCC?
Antes de contratar al primer trabajador. También puede necesitar nuevos CCC por provincia, actividad o colectivo. El socio administrador en RETA no se gestiona mediante la nómina ordinaria de un trabajador.
¿Puedo contratar a alguien el mismo día?
Es posible si antes del inicio están resueltos CCC, alta, contrato, convenio y prevención. La urgencia comercial no suspende la obligación de alta previa.
¿Qué diferencia hay entre CCC y número de Seguridad Social?
El CCC pertenece al empresario para cotizar por trabajadores. El número de Seguridad Social identifica a la persona trabajadora en el sistema.
¿La asesoría puede gestionar el Sistema RED?
Sí, como autorizado RED con los permisos correspondientes. La empresa debe facilitar datos a tiempo y conservar la responsabilidad sobre su veracidad.
¿Cuánto cuesta contratar a un trabajador?
Depende de salario de convenio, jornada, cotización, complementos y costes indirectos. Debe calcularse coste anual completo y no multiplicar simplemente el neto por doce.
Experiencia del PAE. La constitución y la contratación no deberían gestionarse como expedientes aislados. Nuestro PAE enlaza CIRCE con el encuadramiento de socios y administradores, la inscripción de la empresa, el CCC y las primeras altas, evitando que una sociedad ya inscrita retrase el inicio porque la Seguridad Social quedó para el final.
Enlazado interno y CTA
Vuelve a la guía pilar y consulta el encuadramiento de socios, convenio y PRL y el calendario fiscal.
Activa la gestión laboral de tu empresa antes de fijar la fecha de incorporación.
Fuentes oficiales: Seguridad Social, SEPE e INSST. Confirmar formularios y cotizaciones vigentes; información revisada a 29/07/2026.
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