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Guía completa · Crear una empresa en España

Guía definitiva para crear una empresa en España en 2026: trámites, costes y modelos de negocio

Elegir la forma jurídica, formalizar la constitución, obtener NIF y altas fiscales, encuadrar a administradores y preparar contabilidad, facturación, licencias y protección de datos antes de operar.

Respuesta directa

Crear una empresa en España exige elegir la forma jurídica, diseñar la estructura de socios, formalizar la constitución, obtener NIF y altas fiscales, encuadrar a administradores y preparar contabilidad, facturación, licencias y protección de datos antes de operar.

En 30 segundos

  • La Sociedad Limitada (SL) protege, como regla general, el patrimonio personal frente a las deudas sociales, pero no cubre avales, actuaciones negligentes ni responsabilidades del administrador.
  • El capital debe ajustarse a las necesidades reales del negocio. En una SL puede omitirse el certificado bancario si los fundadores manifiestan en escritura que responden solidariamente de la realidad de las aportaciones dinerarias.
  • Desde el 3 de febrero de 2025 se utiliza el Modelo 036: el Modelo 037 fue suprimido.
  • Una SL sujeta al Impuesto sobre Sociedades deberá adaptar su sistema informático de facturación antes del 1 de enero de 2027, según el calendario vigente de los SIF y VERI*FACTU.
  • La factura electrónica B2B y VERI*FACTU son obligaciones distintas, con normas y calendarios diferentes.

La constitución empieza antes de la notaría: riesgo, financiación, gobierno, remuneración del administrador y obligaciones iniciales. Una sociedad puede quedar inscrita y nacer, aun así, con estatutos, alta censal o encuadramiento incorrectos.

1. La primera decisión: actividad, riesgo y forma jurídica

El vehículo jurídico debe responder al negocio real. Un profesional que valida una actividad con poca inversión puede empezar como autónomo. Un proyecto con socios, empleados, financiación, contratos relevantes o exposición patrimonial suele necesitar una SL. La comunidad de bienes es sencilla, pero sus comuneros responden personalmente y no ofrece la arquitectura societaria de una limitada.

Antes de comparar impuestos, pregunta si habrá socios, qué patrimonio queda expuesto, si se reinvertirán beneficios y qué exigen clientes o financiadores. También importan administración, contabilidad, imagen y transmisión de participaciones.

CriterioAutónomoComunidad de bienesSociedad Limitada
Personalidad jurídicaNo separadaNo societaria plenaPropia
ResponsabilidadPersonal e ilimitadaPersonal de los comunerosLimitada, con excepciones
Tributación principalIRPFAtribución de rentasImpuesto sobre Sociedades
Socios/inversiónPoco flexibleBásicaParticipaciones y pactos
Gestión formalBaja-mediaMediaMedia-alta
Uso habitualValidación o servicios personalesExplotación conjunta sencillaNegocio escalable o con riesgo

2. Ruta completa para crear una SL

Hoy, la vía habitual para constituir una SL es la tramitación telemática mediante CIRCE, el Documento Único Electrónico (DUE) y un Punto de Atención al Emprendimiento (PAE). Este sistema coordina Registro Mercantil Central, notaría, Agencia Tributaria, Registro Mercantil provincial y, cuando procede, Seguridad Social; en expedientes estándar suele ser más rápido y económico que la tramitación tradicional, sin sustituir el análisis previo del proyecto.

  1. 1Idea y riesgo
  2. 2Forma jurídica y socios
  3. 3Denominación social y estatutos
  4. 4Capital y escritura pública
  5. 5NIF provisional y Registro Mercantil
  6. 6NIF definitivo y Modelo 036
  7. 7RETA/CCC, licencias, RGPD y facturación
  8. 8Operación, contabilidad y control

Pasos ordenados

  1. Definir socios y gobierno. Fija aportaciones, funciones, administrador, mayorías, transmisión y salida. Con varios fundadores, coordina pacto de socios y estatutos.
  2. Solicitar la denominación. El RMC acredita disponibilidad; el nombre social no protege marca ni dominio.
  3. Preparar estatutos y capital. El objeto debe cubrir la actividad. El capital puede aportarse en dinero sin acreditación bancaria, asumiendo los fundadores la responsabilidad legal sobre su realidad, o mediante bienes y derechos valorables; el trabajo futuro no es capital.
  4. Firmar la escritura. Identifica fundadores, aportaciones, participaciones, administración y estatutos: las reglas de la empresa.
  5. Obtener NIF provisional e inscribir. El NIF provisional permite avanzar en trámites. Después se presenta la escritura en el Registro Mercantil provincial y se completan los requisitos para el NIF definitivo.
  6. Presentar el alta censal. El Modelo 036 comunica actividades, epígrafes del IAE, IVA, retenciones, domicilio y otras obligaciones. Debe presentarse antes de iniciar la actividad o de que nazca la obligación de retener.
  7. Resolver Seguridad Social y contratación. El administrador o los socios pueden quedar en RETA, Régimen General o asimilado según control, funciones y retribución. Si se contrata, la empresa necesita inscripción y Código de Cuenta de Cotización (CCC) antes del alta del primer trabajador.
  8. Activar operación y cumplimiento. Certificado digital, cuenta bancaria operativa, facturación, contabilidad, prevención de riesgos, protección de datos, seguros, licencias y contratos deben estar listos antes de cobrar o contratar.

3. Capital social: dinero sin acreditación o aportaciones con bienes

El capital social debe responder a las necesidades reales de puesta en marcha y estar íntegramente asumido y desembolsado al otorgar la escritura. Para agilizar la constitución, las aportaciones dinerarias pueden formalizarse sin certificado bancario cuando los fundadores manifiestan en la escritura que responden solidariamente de su realidad. También puede constituirse la sociedad mediante bienes o derechos valorables, que deben describirse y valorarse correctamente. Ninguna de estas vías permite declarar dinero o bienes inexistentes.

El coste total se divide en cuatro grupos: constitución, puesta en marcha, cumplimiento recurrente y financiación. Notaría y registro dependen de la operación, estatutos y aranceles; las licencias cambian por municipio y actividad; y la asesoría varía con facturas, trabajadores, operaciones internacionales y complejidad. Los impuestos soportados o repercutidos no deben confundirse con honorarios o costes estructurales.

PartidaCuándo apareceQué la hace variar
Notaría y Registro MercantilConstituciónCapital, copias, estatutos, incidencias
Certificados, poderes y traduccionesSegún casoSocios extranjeros, representación
Licencia, declaración responsable u obrasAntes de abrirMunicipio, local y actividad
Software de facturación y contabilidadDesde el inicioUsuarios, integración y SIF
Asesoría fiscal, contable y laboralRecurrenteVolumen y complejidad
Nóminas, seguros y PRLAl contratarPlantilla, convenio y riesgos

4. Fiscalidad y contabilidad desde el primer día

La sociedad tributa por el Impuesto sobre Sociedades y puede tener obligaciones de IVA, retenciones, operaciones intracomunitarias o pagos fraccionados. No todas las empresas presentan los mismos modelos. La configuración del 036 debe replicar el negocio: vender software a otros países no se trata igual que prestar servicios locales o abrir un comercio minorista.

La contabilidad registra con trazabilidad ingresos, gastos, bancos, activos, deudas, nóminas, impuestos y operaciones con socios. Los libros se legalizan dentro del plazo y las cuentas se formulan, aprueban y depositan conforme al calendario mercantil.

5. Las cinco decisiones que más errores evitan

  1. No usar estatutos genéricos sin revisar la remuneración del administrador. La gratuidad o retribución del cargo tiene consecuencias mercantiles, fiscales y laborales.
  2. No confundir CNAE con IAE. Son clasificaciones con funciones distintas; el alta censal exige seleccionar correctamente la actividad y obligaciones.
  3. No facturar antes del alta censal efectiva. La fecha de inicio, IVA y retenciones deben ser coherentes con contratos y primeras operaciones.
  4. No asumir que ser socio implica automáticamente RETA. El encuadramiento depende del control efectivo, las funciones y la relación con la sociedad.
  5. No esperar al último mes para adaptar facturación. En 2026 conviene contratar software preparado para los requisitos de los sistemas informáticos y para la futura factura electrónica B2B.

6. Plan de lanzamiento en 1-2 días

Día 1: validar forma jurídica, socios, actividad, nombre, estatutos, administración y forma de aportar el capital. Día 2: firma, tramitación telemática por CIRCE, inscripción, NIF, Modelo 036 y coordinación de certificado digital, banco y Seguridad Social.

En adelante: preparar facturación, contabilidad, contratos, RGPD, licencia, Seguridad Social y panel de tesorería.

El calendario debe adaptarse a la actividad. Una consultora sin local puede operar con menos permisos que una clínica, un restaurante o una empresa de construcción. La constitución mercantil no autoriza por sí misma una actividad regulada.

Guía completa: todos los trámites para crear tu empresa

Esta guía es la puerta de entrada a una serie de artículos que profundizan en cada trámite y decisión. Están agrupados por bloques temáticos; iremos ampliando esta guía a medida que se publiquen los siguientes bloques.

Forma jurídica y estructura

Constitución

Fiscal y facturación

Laboral

Protección y cumplimiento sectorial

Costes y asesoría

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se tarda en crear una empresa en España?

Una SL estándar, con nombre, socios, capital, estatutos y documentos preparados, suele constituirse telemáticamente en 1-2 días mediante CIRCE y un PAE. El plazo puede variar si hay socios extranjeros, aportaciones complejas, actividades reguladas, incidencias notariales o defectos registrales.

¿Puedo constituir una SL sin certificado bancario?

Sí. En la constitución de una Sociedad Limitada, los fundadores pueden manifestar en la escritura que responden solidariamente frente a la sociedad y a sus acreedores de la realidad de las aportaciones dinerarias. Se prescinde del certificado bancario, no del desembolso efectivo ni de la obligación de contar con tesorería suficiente.

¿Qué modelo se presenta para dar de alta la empresa?

Desde el 3 de febrero de 2025 el alta censal se realiza con el Modelo 036. El Modelo 037 fue suprimido. La selección de IVA, IAE, retenciones, domicilio y fecha de inicio debe revisarse en conjunto.

¿Crear una SL protege siempre mi patrimonio personal?

No de forma absoluta. La responsabilidad limitada no cubre avales personales, deudas asumidas antes de la inscripción, confusión patrimonial, infracciones ni incumplimientos imputables al administrador. La mejor protección combina estructura jurídica, contabilidad, contratos, seguros y gobierno responsable.

¿Puedo tramitar la empresa por CIRCE o un PAE?

Sí. CIRCE y el DUE permiten centralizar la constitución telemática y los PAE preparan y coordinan el expediente. En la práctica, es la vía habitual por ser más rápida y económica que la tramitación tradicional. El PAE debe revisar además socios, estatutos, fiscalidad, encuadramiento y necesidades reales del proyecto.

Este contenido ha sido revisado por economistas de AUTÓNOMOS PYMES ASESORÍA ONLINE S.L.P., PAE privado integrado en la Red PAE. Durante 14 años, el despacho ha constituido telemáticamente más de 3.900 empresas en España mediante CIRCE.

Siguiente paso

Solicita la constitución telemática de tu empresa a través de nuestro PAE. La revisión previa y la coordinación por CIRCE permiten ganar rapidez sin sacrificar la calidad jurídica, fiscal y laboral del expediente.

Fuentes oficiales: Ley de Sociedades de Capital, Modelo 036 (Agencia Tributaria), sistemas informáticos de facturación (VERI*FACTU) y Portal PAE/CIRCE. Información general revisada a 29/07/2026; debe adaptarse a la actividad, comunidad autónoma, municipio y circunstancias de socios y administradores.

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