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Prepara tu adaptación

Calendario de factura electrónica obligatoria para empresas y autónomos

La factura electrónica entre empresas llega de forma escalonada: el 6 de octubre de 2027 si superas 8 millones de euros de volumen de operaciones y el 6 de octubre de 2028 para el resto, con estados y pagos de autónomos en 2029.

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Respuesta directa

La Orden HAC/1028/2026 entró en vigor el 6 de octubre de 2026 y puso en marcha el cómputo. Esa fecha no impuso la adaptación inmediata: quienes superen 8 millones de euros se adaptan el 6 de octubre de 2027, el resto el 6 de octubre de 2028 y los estados y pagos de personas físicas, el 6 de octubre de 2029.

La adaptación a la factura electrónica requiere saber qué obligación corresponde a cada fecha. Como explicamos en nuestra guía de factura electrónica entre empresas, emitir y recibir documentos estructurados y comunicar sus estados son tareas relacionadas, con un calendario que distingue varios grupos.

La Orden HAC/1028/2026, publicada en el BOE el 5 de octubre de 2026, entró en vigor el 6 de octubre de 2026 y puso en marcha el cómputo de los plazos previstos en la Ley 18/2022 y en el Real Decreto 238/2026. Esa fecha no impuso la adaptación inmediata a todos los negocios.

Cuándo empieza cada obligación

GrupoEmitir y recibirComunicar estados y pagos
Volumen de operaciones superior a 8 millones de euros6 de octubre de 20276 de octubre de 2027
Resto de personas jurídicas y entidades, salvo atribución de rentas6 de octubre de 20286 de octubre de 2028
Resto de personas físicas y entidades en atribución de rentas6 de octubre de 20286 de octubre de 2029

El umbral se determina por el volumen de operaciones a efectos del IVA del año natural inmediato anterior. La tabla resume el calendario de implantación publicado por la AEAT y debe aplicarse a las operaciones y sujetos incluidos en el sistema.

  1. 6 oct 2026

    Entra en vigor la Orden HAC/1028/2026 y empieza el cómputo.
  2. 6 oct 2027

    Más de 8 M€: emitir, recibir y comunicar estados y pagos.
  3. 6 oct 2028

    Resto: emitir y recibir. Personas jurídicas: también estados y pagos.
  4. 6 oct 2029

    Personas físicas y atribución de rentas: estados y pagos.

Cómo convertir las fechas en un plan de trabajo

Empieza por separar las tareas. La emisión exige revisar datos fiscales, series y canales de entrega. La recepción necesita un punto de entrada conocido y un responsable de revisión. El seguimiento de estados requiere que la información de aprobación y pago llegue al sistema.

Nuestra recomendación es preparar un inventario de programas, clientes, proveedores y personas que intervienen. Después, pide una demostración al proveedor con una factura emitida, una recibida y una incidencia. Una presentación comercial explica posibilidades; una prueba permite comprobar tu circuito.

Qué relación tiene con VERI*FACTU

El calendario B2B no sustituye por sí mismo el de los sistemas informáticos de facturación. El calendario aprobado del Reglamento de sistemas informáticos de facturación (RRSIF) fija la adaptación antes del 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y antes del 1 de julio de 2027 para los demás obligados incluidos, según la ampliación de plazos comunicada por la AEAT.

El Ministerio de Hacienda ha anunciado, en su nota informativa de 5 de octubre de 2026, su intención de aplazar las obligaciones pendientes hasta octubre de 2028. El anuncio debe distinguirse de una reforma publicada. Antes de decidir tu implantación, revisa la norma vigente y nuestra comparativa entre VERI*FACTU y factura electrónica.

Un calendario interno para llegar a tiempo

Además de la fecha legal, recomendamos fijar tres hitos internos: decidir la solución, completar las pruebas y empezar a trabajar con el circuito elegido. Asignar a cada hito una persona responsable facilita detectar retrasos. Anotar únicamente el vencimiento en una agenda deja sin resolver todo lo que debe ocurrir antes.

  1. 1Decidir la solución
  2. 2Completar las pruebas
  3. 3Arrancar con el circuito elegido

En la fase de decisión, solicita al proveedor un documento con las funciones incluidas, las integraciones necesarias y el procedimiento de exportación. Comprueba también cómo participará tu asesoría. Si la empresa emite desde varios canales, como una tienda física y una web, conviene describir ambos antes de elegir una herramienta.

En la fase de pruebas, prepara ejemplos de tu actividad: una factura ordinaria, otra con descuento, una rectificativa y una factura recibida que deba revisarse. El propósito es comprobar que el equipo sabe resolver las situaciones habituales y que los datos llegan a contabilidad sin tener que reconstruirlos después.

Antes del arranque, revisa usuarios, permisos y canales de soporte. Deja por escrito cómo comunicar una incidencia y quién decidirá la solución. Estas medidas son recomendaciones de organización; no añaden un nuevo plazo legal ni sustituyen las obligaciones aplicables a cada negocio.

Dos ejemplos de preparación según el negocio

Imagina una pequeña sociedad de servicios que emite veinte facturas al mes y recibe documentos de distintos proveedores. Una preparación razonable consiste en centralizar la recepción, normalizar los datos de clientes y acordar con la asesoría cómo compartir los originales. Aunque el volumen sea reducido, repartir documentos entre correos personales puede dificultar el seguimiento.

En una empresa con tienda online, almacén y varios usuarios, proponemos empezar por el mapa de conexiones. Identifica qué aplicación asigna el número de factura, qué información recibe el cliente y qué datos se importan a contabilidad. Después, prueba una devolución y una incidencia de recepción. Los ejemplos ilustran formas de trabajar, no determinan por sí mismos la inclusión legal del negocio.

Qué hacer si tu proveedor todavía no concreta su adaptación

Solicita un calendario por escrito, identifica qué funciones estarán disponibles y pregunta qué sucede si necesitas migrar. Compara la respuesta con tus necesidades y con las fechas del grupo que te corresponda. Para valorar alternativas, consulta la solución pública de facturación electrónica y nuestra guía sobre los requisitos del programa.

Evita resolver la incertidumbre contratando varias herramientas que hagan lo mismo sin definir cuál será la principal. Es preferible acordar el circuito completo de emisión, recepción y revisión, y conservar las decisiones tomadas. Así podrás evaluar los avances con criterios concretos.

Idea clave

La fecha legal es el final del camino, no el punto de partida. Fija tus propios hitos de decisión, pruebas y arranque con meses de margen sobre el vencimiento de tu grupo.

Preguntas frecuentes

¿Facturar exactamente ocho millones me sitúa en el primer grupo?

No. El calendario utiliza un umbral superior a ocho millones de euros de volumen de operaciones; no debe confundirse con igual o superior.

¿El plazo de 2029 permite aplazar toda la adaptación?

No. En el grupo de personas físicas y entidades en atribución de rentas, esa fecha se refiere a la comunicación de estados y pagos; la emisión y la recepción de facturas electrónicas tienen su propio vencimiento, el 6 de octubre de 2028.

¿Desde cuándo se cuentan los plazos de la factura electrónica obligatoria?

Desde el 6 de octubre de 2026, fecha de entrada en vigor de la Orden HAC/1028/2026. Esa fecha puso en marcha el cómputo, pero no impuso la adaptación inmediata a todos los negocios.

¿Qué puedo hacer ahora?

Identifica tu grupo, revisa el programa de facturación y acuerda con tu asesoría cómo compartir la información.

Te ayudamos a adaptarte

En Autónomos Pymes Asesoría Online S.L.P. podemos revisar contigo las implicaciones fiscales y contables del cambio. Consulta nuestro servicio de asesoría online, llámanos al 722 766 344 o escríbenos desde el formulario.

Somos una gestoría online que también se ocupa de la contabilidad, la fiscalidad y la gestión laboral de autónomos y pymes, de la creación de empresas, de sociedades holding y de fundaciones.

Continúa la guía: solución pública de facturación electrónica; estados de las facturas y pagos; diferencias entre VERI*FACTU y factura electrónica.

Fuentes oficiales y normativa: BOE, Orden HAC/1028/2026, AEAT, calendario de implantación, AEAT, noticia de 7 de octubre de 2026 sobre la solución pública, AEAT, ampliación del plazo de los sistemas informáticos de facturación y Ministerio de Hacienda, nota informativa de 5 de octubre de 2026. Contenido informativo de carácter general, elaborado a partir de fuentes oficiales; la inclusión de cada negocio y sus operaciones debe revisarse en su caso concreto. Se revisa cada año y cuando cambian la Ley 18/2022, el Real Decreto 238/2026, la Orden HAC/1028/2026 o el Real Decreto 1007/2023.

Fecha de publicación: 26 de octubre de 2026. Fecha de actualización normativa: 26 de octubre de 2026.

¿Sabes en qué grupo está tu negocio?

Revisamos contigo tu fecha de adaptación y coordinamos el cambio con tu contabilidad y tu fiscalidad.

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